Conclusiones del Abogado General del Tribubal de Justicia de la Unión Europea sobre las hipotecas con IRPH

09.09.2019

El abogado general ha decretado que la cláusula está sujeta a la normativa comunitaria y puede ser anulada por falta de transparencia, lo que supone un nuevo varapalo al criterio del Tribunal Supremo que avaló este índice y consideró que al ser parte mollar del contrato no quedaba sujeto al control de opacidad.

El abogado general del TJUE argumenta que el uso de este índice era una opción abierta frente al uso de otros más comunes, como el euríbor, y asevera que dada su complejidad la validez que tiene está sujeta a que el cliente fuera debidamente informado de su cálculo, evolución pasada y repercusiones. El letrado, en todo caso, deja en manos de los jueces españoles decidir, caso por caso, si las entidades cumplieron con los requisitos de transparencia a los que alude.